Micelio
Auto2 de febrero de 2012

A- de 2012

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Sala Especial De Seguimiento·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez
  • Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Desplazamiento Forzado
  • Citación y metodología a sesión técnica pública respecto del goce efectivo de derechos de víctimas para la superación del estado de cosas inconstitucional según sentenci
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se establece la metodología para la sesión técnica pública con el Gobierno Nacional, convocada mediante auto 219 de 2011 para el día 13 de febrero de 2011.

A través del mismo, se hacen las respectivas citaciones e invitaciones, se establece la agenda a desarrollar y se corren traslado de los informes que serán tenidos en cuenta durante las diferentes intervenciones.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (141 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR como fecha, hora y lugar para el desarrollo de la sesión técnica pública con el Gobierno Nacional prevista en los ordinales tercero, cuarto, octavo, noveno, décimo,
  2. décimo. primero,
  3. décimo. quinto,
  4. décimo. sexto,
  5. décimo. octavo, vigésimo segundo, vigésimo
  6. tercero. y vigésimo
  7. cuarto. de la parte resolutiva del auto 219 de 2011, el lunes trece (13) de febrero de dos mil doce (2012), desde las 8:00 a. m. hasta las 5:00 p.m., en la Sala de Audiencias del Palacio de Justicia ubicada en el Consejo de Estado.
  8. Segundo. CITAR para la sesión técnica pública del día lunes trece (13) de febrero de dos mil doce (2012), al Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, a la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas como coordinadora del SNARIV, a los Ministros del Interior, Justicia, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Defensa Nacional, Agricultura y Desarrollo Rural, Trabajo, Salud, Comercio, Industria y Turismo, Educación Nacional, Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Cultura, Departamento Nacional de Planeación, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de tierras despojadas, a la Fiscalía General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo, a la Registraduría Nacional del Estado Civil, al Consejo Superior de la Judicatura- Sala Administrativa, a la Policía Nacional, al Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA, al Instituto Colombiano de Crédito y Estudios Técnicos en el Exterior, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF, Instituto Colombiano de Desarrollo Rural-INCODER, al Archivo General de la Nación, al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, al Instituto Geográfico Agustín Codazzi-IGAC, la Superintendencia de Notariado y Registro, al Banco de Comercio Exterior, el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, la Mesa de participación de Víctimas del Nivel Nacional, y las demás organizaciones públicas o privadas que participen en las diferentes acciones de atención y reparación en el marco de la Ley 1448 de 2011.
  9. El Gobierno Nacional deberá informar, a través del correo electrónico desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co, a más tardar el 9 de febrero, los nombres de los funcionarios que asistirán a la sesión técnica pública, que podrán ser máximo dos (2), así como los nombres de los voceros que intervendrán en ella, según sea el caso.
  10. Tercero. INVITAR, por medio de la Secretaría General de esta Corporación, al Procurador General de la Nación, a la Contralora General de la República y al Defensor del Pueblo; así como a la Comisión de Seguimiento, y al representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados -ACNUR, con el fin de que presenten sus consideraciones y recomendaciones acerca del papel y los problemas que enfrenta el Gobierno Nacional para dar cumplimiento a las órdenes impartidas por la Corte Constitucional con el fin de garantizar el goce efectivo de los derechos de la población desplazada.
  11. Los organismos de control, la Comisión de Seguimiento y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados deberán informar a través del correo electrónico desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co, a más tardar el 9 de febrero de 2012, los nombres de los asistentes a la sesión técnica pública, que podrán ser máximo dos (2), así como los nombres de los voceros que intervendrán en ella.
  12. Cuarto. INVITAR a los líderes de organizaciones de población desplazada nacionales y territoriales inscritos en la página Web de la Corte Constitucional de conformidad con el procedimiento descrito en este auto, a asistir a la sesión técnica pública con el Gobierno Nacional y a presentar por escrito durante dicha sesión las preguntas que consideren pertinentes.
  13. Quinto. INVITAR a la sesión técnica pública a quienes desde la academia o como parte de organizaciones sociales nacionales e internacionales han acompañado el proceso de seguimiento a la sentencia T-025 de 2004 o a sus autos de cumplimiento y se inscriban en la en la página Web de la Corte Constitucional de conformidad con el procedimiento descrito en este auto.
  14. Sexto. FIJAR, para el desarrollo de la sesión técnica pública con el Gobierno Nacional convocada para el día lunes trece (13) de febrero de dos mil doce (2012) la siguiente agenda:
  15. HORA
  16. TEMA
  17. INTERVENCIÓN
  18. TIEMPO
  19. ASIGNADO
  20. 7:30-8:00
  21. Entrada de asistentes
  22. 30
  23. 8:00- 8:05
  24. Apertura de la Audiencia - Saludo y explicación de la metodología
  25. Dr. Luis Ernesto Vargas Silva, Presidente de la Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-025/04
  26. 5
  27. FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL
  28. 8:05-8:25
  29. Presentación del informe conjunto sobre superación efectiva de las falencias de capacidad institucional identificadas en la sentencia T-025 de 2004 y en sus autos de seguimiento.
  30. Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
  31. 20
  32. ESFUERZO PRESUPUESTAL
  33. 8:25-8:45
  34. Presentación del Plan de Mediano Plazo para la atención a la población desplazada, de conformidad con lo solitado en el ordinal
  35. cuarto. de la parte resolutiva del Auto 219 de 2011.
  36. Ministro de Hacienda y Crédito Públco
  37. 20
  38. REFORMULACIÓN DE LA POLÍTICA DE VIVIENDA
  39. 8:45-9:05
  40. Informe en materia de vivienda que haga explícitas las razones por las cuales se decide no reformular la polìtica y se insiste en el modelo adoptado, así como sobre la metodología planteada para asegurar el derecho a la vivienda a la población desplazada, según lo solicitado en el ordinal
  41. octavo. del auto 219 de 2011.
  42. Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio
  43. 20
  44. REFORMULACIÓN DE LA POLÍTICA DE TIERRAS
  45. 9:05-9:25
  46. Informe sobre los avances en la reformulación de la politica de tierras y en la reglamentación de la misma, según lo solicitado en el ordinal
  47. noveno. del auto 219 de 2011.
  48. Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
  49. 20
  50. REFORMULACIÓN DE LA POLÍTICA DE GENERACIÓN DE INGRESOS
  51. 9:25-9:45
  52. Informe sobre la polìtica de generación de ingresos, según lo solicitado en el Auto 219 de 2011.
  53. Director del Departamento de Planeación Nacional
  54. 20
  55. CORRECCIÓN DE VACÍOS PROTUBERANTES DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE GARANTÍA A LOS DERECHOS A LA VERDAD, A LA JUSTICIA, A LA REPARACIÓN Y DE NO REPETICIÓN
  56. 9:45-10:05
  57. Informe sobre la política de garantía a los derechos a la verdad, a la justicia, a la reparación y de no repetición, según lo solicitado en el auto 219 de 2011.
  58. Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas
  59. 20
  60. 10:05-10:15
  61. RECESO
  62. CORRECCIÓN DE LOS VACÍOS PROTUBERANTES EN LA POLÍTICA PÚBLICA DE PREVENCIÓN DEL DESPLAZAMIENTO
  63. 10:15-11:35
  64. Informe sobre la corrección de los vacìos de la polìtica de prevención del desplazamiento, según lo solicitado en el auto 219 de 2011.
  65. Vocero de los Ministros del Interior, de Justicia y del Derecho, y de Defensa Nacional y Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
  66. 20
  67. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS A LA VIDA Y LA SEGURIDAD DE LÍDERES Y PERSONAS VÍCTIMAS DE DESPLAZAMIENTO FORZADO INTERNO EN SITUACIÓN DE RIESGO EXTRAORDINARIO
  68. 10:35-10:55
  69. Informe sobre el programa de protección de los derechos a la vida, a la integridad, a la seguridad de los líderes de población desplazada y de población desplazada en riesgo, según lo solicitado en el auto 219 de 2011 .
  70. Ministro del Interior
  71. 20
  72. AJUSTES A LA POLÍTICA DE AYUDA HUMANITARIA DE EMERGENCIA
  73. 10:55-11:15
  74. Informe sobre la polìtica de ayuda humanitaria de emergencia.
  75. Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas
  76. 20
  77. AJUSTES A LOS COMPONENTES DE RETORNO Y REUBICACIÓN DE LA POLÍTICA ATENCIÓN INTEGRAL A LA POBLACIÓN DESPLAZADA
  78. 11:15- 11:35
  79. Informe en materia de retorno y reubicaciones, según lo solicitado en el auto 219 de 2011.
  80. Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas
  81. 20
  82. SUPERACIÓN DE LOS PROBLEMAS DE SUBREGISTRO Y DE LAS FALENCIAS DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN SOBRE POBLACIÓN DESPLAZADA
  83. 11:35-11:55
  84. Informe sobre el proceso de ajuste y corrección del subregistro y de los sistemas de información, según lo ordenado en el auto 219 de 2011.
  85. Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas
  86. 20
  87. ADOPCIÓN DE UN MECANISMO DE PARTICIPACIÓN AMPLIO Y DEMOCRÁTICO PARA LAS ORGANIZACIONES DE POBLACIÓN DESPLAZADA
  88. 11:55-12:15
  89. Informe sobre los mecanismos de participaciòn para las organizaciones de poblaciòn desplazada, según lo solicitado en el auto 219 de 2011
  90. Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
  91. 20
  92. 12:15 -14:00
  93. ALMUERZO
  94. INTERVENCIONES DE LOS ORGANOS DE CONTROL, DE LA COMISION DE SEGUIMIENTO, ACNUR Y PREGUNTAS DE ORGANIZACIONES DE PD, ORGANIZACIONES ACADEMICAS, ACOMPAÑANTES INSCRITOS SOBRE LOS INFORMES PRESENTADOS POR EL GOBIERNO
  95. 14:00-14:20
  96. Intervención de la Procuraduría General de la Nación
  97. Delegado (a)
  98. 20
  99. 14:20-14:40
  100. Intervención de la Contraloría General de la República
  101. Delegado (a)
  102. 20
  103. 14:40-15:00
  104. Intervención de la Defensoria del Pueblo
  105. Delegado (a)
  106. 20
  107. 15:00-15:20
  108. Intervención de Comisión de Seguimiento
  109. Delegado (a)
  110. 20
  111. 15:20-15:40
  112. Intervención de ACNUR
  113. Delegado (a)
  114. 20
  115. 15:40-16:00
  116. Organizaciones de población desplazada y organizaciones académicas, sociales nacionales e internacionales que han participado en el proceso de seguimiento y que se inscriban
  117. Secretaria de la Corte Constitucional lee las preguntas. Gobierno decide si las contesta en la audiencia o posteriormente.
  118. 20
  119. 16:00-16:05
  120. CIERRE DE LA AUDIENCIA
  121. Dr. Luis Ernesto Vargas Silva, Presidente de la Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-025/04
  122. 5
  123. Séptimo. CORRER traslado, a través de la Secretaría General de esta Corporación, a la Contraloría General de la República, a la Fiscalía General de la Nación, a la Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo, a la Comisión de Seguimiento y al ACNUR, de los informes que se relacionan a continuación, para efectos de ser tenidos en cuenta durante sus intervenciones en la sesión técnica, si así lo consideran pertinente. En todo casó, podrán remitir a mas tardar sus observaciones por escrito el día 29 de febrero de 2012.
  124. 1. "Informe Diagnóstico de la situación de salud de la población indígena y afrocolombiana en situación de desplazamiento y plan acelerado de superación de falencias en la atención de salud y saneamiento básico, para estas poblaciones protegidas por los autos 004 y 005 de 2009 y 382 de 2010 de la Corte Constitucional"- Ministerio de Salud y Protección Social, cumplimiento a la orden vigésimo novena del auto 219 de 2011, (17 de enero de 2012).
  125. 2 ."Guía de intervención en salud mental comunitaria específica y diferencial por delitos de lesa humanidad para las víctimas del conflicto armado", Ministerio de Salud y Protección Social en Cumplimiento a la orden trigésima del auto 219 de 2011 (17 de enero de 2012).
  126. 3. "Informe con destino a la Corte Constitucional Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y sus autos de cumplimiento. Autos 219 y 232 de octubre 13 y 31 de 2011". Fiscalía General de la Nación, (25 de enero de 2012)
  127. 4. "Propuesta de política criminal frente al diagnostico de la problemática de la población desplazada-Informe con destino a la Corte Constitucional Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y sus autos de cumplimiento. Autos 219 y 232 de octubre 13 y 31 de 2011", Fiscalía General de la Nación (26 de enero de 2012).
  128. 5. "Respuesta de modificación al borrador del decreto que adopta el plan de atención y reparación integral a las víctimas del conflicto armado", Asociación de víctimas del desplazamiento forzado de Saravena, Arauca (25 de enero de 2012).
  129. 6."Informe de Seguimiento a las acciones adelantadas por Ministerio de Educación Nacional para la superación del estado de cosas inconstitucional declarado mediante la sentencia T-025 de 2004" Ministerio de educación ( 13 de enero de 2012)
  130. 7. "Informe de respuesta orden
  131. décimo. novena auto 219 de 2011. Acción Social". (15 de diciembre de 2011)
  132. 8. "Cumplimiento al auto 219 de 2011 proferido por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y sus autos de seguimiento", Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (18 de noviembre de 2011)
  133. 9. "Informe sobre avances sentencia T-025 de 2004", Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa, respuesta a la orden
  134. décimo. tercera del auto 219 de 2011. (11 de Noviembre de 2011)
  135. Octavo. DAR traslado, a través de la Secretaría General de esta Corporación, de los informes presentados a esta Sala Especial de Seguimiento, los cuales que se relacionan a continuación, al Gobierno Nacional en cabeza del Departamento Administartivo para la Prosperidad Social para que remíta, en razón a la transición generada por la ley 1448 de 2011, a las entidades que asumieron las responsabilidades que antes tenían el SNAIPD y el CNAIPD; informando a esta Sala Especial de Seguimiento, la entidad a la cual fue enviado el respectivo informe:
  136. 1."Remisión de consideraciones preliminares sobre el "Plan Retornar es Vivir" y solicitud de ampliación de plazo otorgado en la orden Vigésima del auto 219 de 2010". Procuraduría General de la Nación (16 de diciembre de 2011).
  137. 2. "Comentarios de la Contraloría General de la Republica, Doctora Sandra Moreli Rico, a las políticas relacionadas con la indemnización administrativa, las competencias entre la nación y los entes territoriales en relación con la política de desplazamiento forzado", Contraloría General de la Republica, (26 de enero de 2012)
  138. 3. "Comentarios a los informes del 11 y del 24 de noviembre de 2011, del gobierno nacional a la Corte Constitucional sobre las ordenes contenidas en el auto 219 de 2011", Comisión de Seguimiento (16 de enero de 2012)
  139. 4. "El Decreto 4200 de 2011 y la indemnización individual por vía administrativa" Comisión de Seguimiento (20 de enero de 2011).
  140. 5. "Respuesta de modificación al borrador del decreto que adopta el plan de atención y reparación integral a las víctimas del conflicto armado",. Asociación de Víctimas del desplazamiento forzado de Saravena, Arauca (25 de enero de 2012).
  141. Noveno. DETERMINAR que la moderación de la sesión técnica pública de la referencia, en cabeza de la Secretaría General de la Corte Constitucional, ante la cual deberán entregarse los informes y las preguntas que presenten por escrito los líderes de población desplazada para ser leídas durante el período de preguntas previsto en la agencia de la sesión técnica pública.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.